viernes, 4 de junio de 2010

APOYO DEL CUTC A LAS GESTIONES DE LA IGLESIA CATÓLICA CUBANA A FAVOR DE LA LIBERATAD DE LOS PRESOS POLÍTICOS


CONSEJO UNITARIO DE TRABAJADORES CUBANOS

(CUTC)

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APOYO DEL CONSEJO UNITARIO DE TRABAJADORES CUBANOS A LAS GESTIONES DE LA IGLESIA CATÓLICA CUBANA A FAVOR DE LA LIBERATAD DE LOS PRESOS POLÍTICOS Y DE CONCIENCIA

Desde el año 2003 el Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (CUTC) {gracias a la solidaridad de la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT), la Confederación Mundial del Trabajo (CMT), el Sindicato Solidaridad de Trabajadores Cubanos (STC), conjuntamente con la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) y su rama continental, ORIT} inició su lucha por la libertad de los sindicalistas, presos de conciencia, injustamente encarcelados, abriéndose el caso No. 2258 de la OIT, momento a partir del cual iniciamos una lucha que mantenemos y en la cual contamos con el apoyo de diversas organizaciones sindicales, como la CNV –Sindicato Cristiano de los Países Bajos- y ONG´s.

A partir de entonces, anualmente la Comisión Latinoamericana de Derechos Humanos y Libertades de los Trabajadores (CLADEHLT) presenta ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la situación real de los sindicalistas injustamente encarcelados y solicita su inmediata libertad.

Por luchar ininterrumpidamente por la autonomía sindical, de expresión y de los derechos humanos (civiles y laborales), el CUTC aprovecha la oportunidad contextual y apoya las gestiones de la iglesia católica cubana y los pronunciamientos de las Damas de Blanco a favor de la libertad de sus familiares ilícitamente encarcelados.

El CUTC razona que esta negociación, como acto bilateral, no debe obstaculizarse. Se impone la unidad de quienes estamos fuera de las rejas y la fe en la posibilidad de que nuestros hermanos puedan estar entre nosotros. No es una decisión fácil para el gobierno y sí un clamor nacional e internacional que no debemos desaprovechar.

El CUTC considera que nuestra actuación debe dirigirse a facilitar las negociaciones, para comprobar si verdaderamente el Estado de Derecho que nos oprime es capaz de cumplir su parte contractual con el Estado del Vaticano, al cual pertenece la mencionada institución. Si lo hace nos cabe el privilegio de poner un grano de arena a favor de la libertad de todos y cada uno de los hombres que cumplen indebida condena; si no lo hace, sobre él recaerá el peso de la historia.

No aceptamos cambios que faciliten condiciones de vida, sino LIBERTAD incondicional.

Si luchamos por una sociedad democrática, y el cumplimiento de la Carta Universal de Derechos Humanos, encontraremos diversidad de opiniones sobre el procedimiento de excarcelación, los cuales debemos respetar; no significa compartir la opinión del otro, sino el derecho democrático de cada cual a emitir libremente su criterio sin ser desacreditado.

Mediante este documento solicitamos la libertad de todos los prisioneros políticos y de conciencia que yacen en las cárceles cubanas, en especial de los sindicalistas que desde 2003 la CLADEHLT denuncia ante la OIT, entre ellos:

Juan Adolfo Fernández Sainz

Esposa: Julia Esther Núñez Pacheco

Alfredo Felipe Fuentes

Esposa: Loyda Valdés González

Blas Giraldo Reyes Rodríguez

Esposa: Isel de las Mercedes Acosta Obregón

Horacio Julio Piña Borrego,

Esposa: Suyoanie Tapia Mayola

Luís Milián Fernández

Esposa: Lisandra Laffita Hernández

Víctor Rolando Arroyo Carmona

Esposa; Elsa González Padrón

Se anexan escritos sobre las gestiones a favor de la excarcelación de los sindicalistas ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), parte de la historia de este proceso.

Dado en Ciudad de la Habana,

1º de junio de 2010


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Por el Comité Ejecutivo Ampliado

Dra. Maybell Padilla

Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos

Miembro Asociado a la Confederación Sindical Internacional (CSI), como CUTC/STC.

Reconocido por la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA), rama continental de la CSI.

Miembro de Consenso Cubano, como CUTC/STC


ANEXO


ANEXO 1

CRONOLOGÍA DE LAS GESTIONES A FAVOR DE LA EXCARCELACIÓN, DESDE EL AÑO 2003. HACIA EL CASO 2258 DE LA OIT

  • En el noveno punto del orden del día de la 286/11 (Parte I) reunión de la OIT, en Ginebra (efectuada en el mes de marzo), el Consejo de Administración conoció del Caso Cuba, en el 331˚ Informe del Comité de Libertad Sindical.
  • El 2 de abril de 2003 el Sr. Luís. Anderson, Secretario General de la CIOSL/ ORIT (rama continental de la CIOSL) se dirige a la máxima autoridad cubana.
  • El 11 de abril de 2003 el Sindicato Solidaridad de Trabajadores Cubanos, radicado en Venezuela, denuncia al Comité Ejecutivo de la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT) los hechos del 18 de marzo a la fecha y expone: Condenamos enérgicamente este nuevo atropello y llamamos a la Solidaridad Internacional: A la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT) y sus organizaciones, a la Confederación Mundial del Trabajo (CMT) y sus organizaciones, a la Comisión ojoo Latinoamericana de Derechos Humanos y Libertades de los Trabajadores (CLADEHLT) y su red solidaria, a los organismos internacionales de Derechos Humanos, a la OIT, y a todas las organizaciones de trabajadores La Comisión de Derechos Humanos PDC denuncia nuevamente que las medidas aplicadas por el Gobierno de Cuba y las inhumanas condenas con las que han sancionado ya, a más de la mitad de los opositores pacíficos que se encuentran detenidos producto de la intensa ola represiva, son una prueba fehaciente de la constante práctica del "terrorismo de estado" por parte de las autoridades cubanas y son una clara y flagrante violación de los derechos fundamentales de la persona humana, tal y como están expresados en la "Declaración Universal de los Derechos Humanos" de las Naciones Unidas. En particular los Artículos 2, 3, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 17, 18, 19, 20, y democráticas del mundo (...)
  • Según la CIOSL, entre los detenidos también se encuentra Iván Hernández Carrillo, miembro del Comité Ejecutivo Nacional de la CONIC; Miguel Galván, subdirector del Centro de Capacitación, Héctor Raúl Valle Hernández, vicepresidente de la CTDC, Oscar Espinosa Chepe, Nelson Molinet Espino, secretario general de la CTDC y Víctor Manuel Domínguez García -director del Centro Nacional de Capacitación Sindical y Laboral (CNCSL)- se encuentra con limitación de movimiento y amenazado de ser detenido.
  • El 28 de abril de 2003 la CLAT alega la detención de Pedro Pablo Álvarez, secretario general del Consejo Unitario de Trabajadores (CUTC) y de los sindicalistas Oscar Espinosa Chepe y Carmelo Díaz Fernández, con condenas de 25, 20 y 15 años de prisión respectivamente, por el delito de expresar sus diferencias, haciendo uso de sus derechos como trabajadores y dirigentes, lo cual ilustra la ausencia de libertad sindical en Cuba.
  • El 5 de junio de 2003 el CUTC denuncia los hechos a la Conferencia de la OIT, a las Delegaciones de la CLAT, a la CMT y a la Comisión de Normas de la OIT. expresa: El Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos CUTC, como máximo baluarte del Movimiento Sindical Independiente de Cuba, quiere patentizar, por este medio, su más sincero agradecimiento por el apoyo solidario que han desarrollado hasta el momento, al demandar a las máximas figuras del gobierno cubano, la excarcelación e inmediata libertad del Sr. PEDRO PABLO ÁLVAREZ RAMOS, Secretario. General. Del CUTC, así como al resto de dirigentes sindicales y oponentes al régimen hasta el número de 75, que han sufrido la misma suerte. Como ustedes conocen, luego de ser sometidos a prisión, finalmente les fueron realizados juicios sumarísimos, con ausencia de las garantías procesales debidas, nuestros hermanos fueron sancionados injustamente a privación de libertad, al amparo de la Ley No. 88 de 1999, denominada "Ley de Protección de la Economía Nacional y la Independencia de Cuba", aplicándoles las siguientes sanciones: Pedro Pablo Álvarez Ramos, 25 años, Carmelo Agustín Díaz Fernández, 15, Alfredo Felipe Fuente, 27, Oscar Espinosa Chepe, 20 y Víctor Rolando Arroyo, 27 años.
  • El 6 de junio de 2003. El Sr. Luís Enrique Marius, Secretario General Adj. de la CLAT, teniendo como antecedentes las denuncias de la STC, de la CLAT y del CUTC presenta el Caso Cuba, tomando como antecedentes: a) hechos ocurridos antes del 2003, b) la ratificación de Cuba del Convenio 87 -en 1952-, c) la Nota CUTC -14.JUL.1995 (solicitando su registro ante el Ministerio de Justicia, acompañada de una lista de más de 400 trabajadores), d) la Nota CUTC-13.OCT.2000-, informando la realización del Congreso Nacional, el cual no se efectuó debido a que Pedro Pablo fue hecho prisionero; e) la solicitud del CUTC para afiliarse a la CLAT y la CMT, f) la aceptación del CUTC en ambas organizaciones internacionales, lo cual determina que sea un sindicato independiente afiliado a la CLAT y a la CMT. A lo anterior suman los hechos acaecidos en marzo de 2003.
  • El día 10 el Sr. Luís Enrique Marius – CLAT / CMT- presenta formalmente el Caso Cuba en la Comisión de Aplicación de Normas de la 91ª Conferencia Internacional del Trabajo, en Ginebra, donde informa a la Comisión de Experto la detención de varios denominados "disidentes", entre ellos 4 dirigentes de una organización de trabajadores afiliados a la CLAT y a la CMT y la condena a 26, 25, 20 y 16 años de cárcel; los argumentos manejados para su juzgamiento y la grave situación de salud que afecta a varios de ellos y puede ocasionarles la muerte.
  • El 11 de junio de 2003 la OIT se emite la Resolución de la Comisión de Aplicación de Normas de la 91ª. Conferencia Internacional del Trabajo: Caso Cuba, con nota de la preocupación de los comentarios de la Comisión de Expertos referidos a la imposibilidad del pluralismo sindical, en virtud de la imposición en el Código de Trabajo del monopolio sindical de la CTC.
  • El 18 de junio de 2003 las siguientes organizaciones sindicales independientes hacen un llamado internacional: Confederación Nacional Independiente de Cuba (CONIC), Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba (CTDC), Unión Sindical de Trabajadores Independientes de Cuba (USTIC), Unión de Trabajadores Cristianos (UTC), Centro Nacional de Capacitación Sindical y Laboral (CNCSL), Sindicato de Conductores de Bicitaxis, Sindicato Libre de Trabajadores Cubanos, Federación de Plantas Eléctricas, Gas y Agua de Cuba (Granma), Central Sindical Cristiana (Independiente), Asociación de Trabajadores por Cuenta Propia y diversos sindicalistas Dado al Puente Informativo Cuba Miami por Joel Brito, asesor informativo del Movimiento Sindical Independiente de Cuba denuncia la encarcelación de los sindicalistas Pedro Pablo Álvarez Ramos, Secretario general del Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos. 25 años de prisión. Alfredo Felipe Fuentes, delegado del Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos en la provincia de la Habana. 26 años de prisión- Carmelo Díaz Fernández, Presidente de la Unión Sindical Cristiana y subdirector del Centro Nacional de Capacitación Sindical y Laboral, 16 años de prisión. Miguel Galván Gutiérrez, Miembro del ejecutivo del Centro Nacional de Capacitación Sindical y Laboral. 26 años de prisión. Nelson Molinet Espino, Presidente de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba. 20 años de prisión. Héctor Raúl Valle Fernández, Vicepresidente de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba. 12 años de prisión. Iván Carrillo Hernández. Miembro del ejecutivo de la Confederación Obrera Nacional Independiente de Cuba. 25 años de prisión.
  • El 19 de junio de 2003 se presentan los Recursos de Casación de Pedro Álvarez Ramos y de Carmelo Agustín Díaz Fernández, ante el Tribunal Supremo Popular.
  • Al día siguiente la Sra. Irena Kirklan, viuda del ex Presidente de la AFL-CIO -sindicalista de los Estados Unidos de Norteamérica- escribe a Lech Walesa: No existe nadie en el mundo más apropiado que tú para hacer circular este llamamiento de solidaridad internacional con los trabajadores cubanos. Tú luchaste por los mismos derechos en Polonia, y la idea de solidaridad en defensa de la dignidad de los trabajadores estará asociada eternamente con tu nombre. Me encantaría que hicieras este servicio a la causa de la libertad humana.
  • La 287ª Reunión de la OIT da lugar al 330. o Informe del Comité de Libertad Sindical de la Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración GB. 287/8 (Parte I). Se realiza en Ginebra en el mes de Junio; en ella se analiza en el Caso Cuba, en el Octavo punto del orden del día.
  • El 9 de julio de 2003 Guy Ryder, entonces Secretario General CIOSL, se dirige al Comité de Derechos Humanos y Sindicales, a las Federaciones Sindicales Internacionales y a otras organizaciones interesadas, manifestando: Con fecha 11 de Junio la 91 Conferencia Internacional de la OIT adoptó una resolución de condena al gobierno de Cuba, sin precedentes en la historia de este país. La resolución es una muestra de que la comunidad internacional continúa ganando conciencia de la falta de libertades y de violaciones flagrantes del derecho internacional que comete el gobierno cubano contra los trabajadores, el movimiento sindical y el pueblo en general. El gobierno cubano es signatario de 88 convenios de la OIT, pero lamentablemente el hecho de haber contraído compromisos internacionales de esta índole no le ha impedido, evadir su cumplimiento, despreciando su contenido Las condiciones de su encarcelamiento son infrahumanas y degradantes pues se encuentran en celdas tapiadas rodeados de insectos y roedores. Consignamos sus nombres con la finalidad de que ustedes los conozcan y tomen conciencia del padecimiento de estos compañeros cuyas cárceles distan más o menos 800 Km. de su residencia habitual, lo que significa también un gran castigo para los miembros de su familia que solo los pueden visitar cada tres meses durante dos horas.
  • Al otro día, el Sr. Luís A. Anderson, Secretario General de la CIOSL/ORIT, le escribe nuevamente al Presidente de la República de Cuba y le reitera: La Organización Regional Interamericana de Trabajadores (ORIT) rama continental de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) y que en la región agrupa más de 45 millones de trabajadores/as, nuevamente se dirige a usted para expresar su firme condena a la persistencia de la medida de prisión contra 7 dirigentes sindicales independientes, cuyas condenas suman 150 años. Junto a los dirigentes sindicales, otras 72 personas, vinculadas a la prensa independiente y a otras actividades sociales, también fueron condenadas a elevadas penas.
  • El 26 de noviembre de 2003 ve la luz el Informe no. 332 del Caso 2258, a instancia de las quejas presentadas contra el gobierno de Cuba por la CIOSL y la CLAT, apoyada esta última por la CMT. Se dan las conclusiones provisionales, siendo el sujeto la Libertad sindical, la negociación colectiva y las relaciones laborales. Aparecen como querellantes la CIOSL, la CLAT y la CMT. Consta de los párrafos números 458 al 535, donde aparecen los argumentos de la CIOSL (15 de abril de 2003) y de CLAT (28 de abril de 2003). La CMT apoya la queja de la CLAT por comunicación de 9 de mayo de 2003. Ante esto el gobierno cubano envía sus observaciones, por comunicaciones de 16 de mayo y 6 de junio de 2003; el curso tiene como fundamento legal la ratificación de los Convenios no. 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, de 1948 y el no. 98, Sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, de 1949.
  • Mediante el 331. o Informe del Comité de Libertad Sindical de la Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración GB.289/9 (Parte I y Parte II), 289. ª Reunión Ginebra, marzo del 2004, en el noveno punto del orden del día se realiza un nuevo análisis del caso Cuba. Luego, la CMT envía la documentación solicitada al CUTC, incluidos sus Estatutos, una Declaración de Principios y el Programa de Acción.
  • En junio de 2004 la Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración GB.290/5 realiza la 289. ª reunión, del Consejo de Administración, Ginebra, Quinto punto del orden del día, donde se aprueba un Repertorio de Decisiones con un documento preliminar de trabajo, reproduciendo las decisiones del Consejo de Administración y no las circunstancias en que fueron adoptadas.
  • En la 289. ª Reunión. En el mes de noviembre de 2004 se reabre el Caso No. 2258. Informe no. 334 (CUBA). Documento:(Vol. LXXXVII, 2004, Serie B, núm. 2), Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración. REUNION: 2 . Tipo: INDIVIDUAL, CON LOS párrafos 408 a 467, en el séptimo punto del Orden del día. El Comité examinó lo concerniente a su reunión de noviembre de 2003 y presentó un informe provisional al Consejo de Administración.
  • En el mes de noviembre de 2004 nace el Informe no. 335 del Comité de Libertad Sindical. Documento:(Vol. LXXXVII, 2004, Serie B, núm. 3) REUNION: 3 En relación con el caso núms. 2258 (Cuba) los gobiernos enviaron información parcial sobre los alegatos formulados. El Comité pide a estos gobiernos que completen con la mayor brevedad sus observaciones con el fin de que pueda examinar estos casos con pleno conocimiento de causa.
  • En el mes de marzo de 2005 el Informe 336 del Comité de Libertad Sindical, Descripción (CLS: Introducción), Documento: (Vol. LXXXVIII, 2005, Serie B, núm. 1) analiza el Caso no. 2258 (Cuba). El Comité recibe observaciones de los gobiernos y se propone examinarlas en su próxima reunión; solicita a las organizaciones querellantes y a los gobiernos enviar las informaciones que estimen útil, a fin de examinar las cuestiones con todos los elementos. El 17 de junio de este año el Comité de Libertad Sindical de la Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración, GB.293/7, 293. ª Reunión, en el Séptimo punto del orden del día se da seguimiento al Caso Cuba, para nacer el 335ª informe.
  • En su último examen del caso, en la reunión de mayo-junio de 2005, el Comité de LibertadesSindicales formuló recomendaciones sobre cuestiones pendientes y dice: tomando en cuenta los distintos casos anteriores presentados al Comité relativos a medidas de hostigamiento y de detención de sindicalistas de organizaciones sindicales independientes de la estructura establecida y teniendo en cuenta también que las condenas de siete sindicalistas se pronunciaron en el marco de un juicio sumario de muy breve duración y que por tercera vez el Gobierno no ha enviado las sentencias condenatorias pedidas, el Comité insta al Gobierno a que tome medidas para la inmediata liberación de los sindicalistas mencionados en las quejas (Pedro Pablo Alvarez Ramos (condenado a 25 años), Carmelo Díaz Fernández (15 años), Miguel Galván (26 años), Héctor Raúl Valle Hernández (12 años), Oscar Espinosa Chepe (25 años), Nelson Molinet Espino (20 años) e Iván Hernández Carrillo (25 años)), así como que le mantenga informado al respecto.
  • El Comité de Libertad Sindical toma nota de las informaciones del gobierno cubano y, en particular, de la excarcelación de dos personas que se beneficiaron con licencias extra penales en junio y noviembre de 2004, así como de la visita a Cuba de diversas misiones de asistencia técnica y que la isla reitera su política de principios y su disposición de continuar desarrollando la cooperación técnica con los mecanismos de la OIT. Mientras, el Comité lamenta que el gobierno cubano no acepte los contactos directos propuestos y se limite a reiterar informaciones y argumentos expuestos, sin tomar medidas para la inmediata liberación de los sindicalistas de organizaciones sindicales independientes condenados a largas penas de prisión, sin dar curso a su recomendación sobre los alegatos relativos a la CONIC. El Comité pide, una vez más, al gobierno a que dé curso a sus recomendaciones anteriores.
  • En 2005 tiene lugar el 337 Informe del Comité de Libertad Sindical, Oficina Internacional del Trabajo, Consejo de Administración, (párrafo 794 - 854) (Vol. LXXXVIII, 2005, Serie B, núm. 2), donde este Organismo pide se le mantenga informado de la evolución de la situación, a lo cual el gobierno cubano añade que considera que las recomendaciones que figuran en el párrafo 854 los juicios de valor expresados en torno a los procedimientos judiciales sobre los cuales se emitieron las sentencias invocadas, menoscaban la integridad e independencia de los tribunales que pronunciaron dichas condenas, con arreglo a las leyes procesales y con pleno respeto de las garantías establecidas por dichas leyes en la Constitución de la República de Cuba.
  • En el Informe 338, Vol. LXXXVIII, 2005, Serie B, núm. 3. Nov. 2005, párrafo 345 el Comité pide a los gobiernos interesados mantenerlo informado, a la mayor brevedad, del desarrollo de los Casos, entre ellos el no. 2258.
  • La 297ª reunión dio lugar al 339ª Informe del Consejo de Administración Ginebra, en Noviembre de 2006, donde aparecen como querellantes: la CIOSL, la CLAT y la CMT. En ella el Comité pide a los gobiernos interesados que le mantengan informado, a la mayor brevedad, del desarrollo de los respectivos asuntos (Último examen en cuanto al fondo Marzo Junio de 2005).
  • En el 340ª Informe (para. 233 - 234) (Vol. LXXXVIX, 2006, Serie B, núm. 1), se da seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración.
  • En el 342ª Informe, del mes de julio de 2006, Vol. LXXXIX, 2006, Serie B. núm. 2 y Vol. . LXXXVIX, Serie B, núm. 2, el Comité pide a los gobiernos interesados lo mantengan informado del desarrollo de los casos entre ellos el no. 2258, Cuba. El Comité recibió informaciones relativas a su seguimiento e informa que los examinará en su próxima reunión.
  • En el año 2006 tiene lugar el 343ª Informe, párrafos 64 – 74, Vol. LXXXVIX, 2006, Serie B, núm. 3, que da seguimiento a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración.





ANEXO 2

INFORME DE LA CLADEHLT A LA COMISIÒN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

AÑO 2008

Comisionado para el Caribe: Siro del Castillo

2450 S.W. 27th Lane, Coconut Grove, FL 33133 U.S.A.

Tel. (305)666-2143 - Fax: (305)666-131- E-Mail: cladehlt@mayway.com


28 de octubre del 2008


ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

AUDIENCIA – 133° PERÍODO DE SESIONES

WASHINGTON, DC



SITUACIÓN DE LOS SINDICALISTAS

PRIVADOS DE LIBERTAD EN CUBA1


1.- Introducción por Siro del Castillo, Comisionado de la CLADEHLT:


Hace más de 5 años, durante las redadas realizadas por las autoridades cubanas el 18 y el 19 de marzo del 2003, fueron arbitrariamente encarcelados y posteriormente juzgados sumariamente y condenados 75 opositores pacíficos cubanos. De este grupo nueve eran sindicalistas independientes, destacados miembros de la organización Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (CUTC):


Pedro Pablo Álvarez Ramos, Horacio Julio Piña Borrego, Carmelo Díaz Fernández, Oscar Espinosa Chepe, Víctor Rolando Arroyo Carmona, Adolfo Fernández Sainz, Alfredo Felipe Fuentes, Luís Milán Fernández, y Blas Giraldo Reyes Rodríguez.

Los procesos judiciales “sumarísimos” celebrados por las autoridades cubanas contra este grupo de sindicalistas independientes, amparados en los Artículo 479 y 480 del Código penal vigente en Cuba, permiten que el Presidente del Tribunal Supremo Popular decidir la celebración de este tipo de procedimiento judicial donde se reducen “en la medida en que el Tribunal competente estime necesario, los términos que esta Ley establece para la tramitación de las diligencias previas, el juicio oral y los recursos”, fueron una violación del Artículo 14, apartado 2.b, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, que le garantiza a toda persona acusada de un delito a “disponer del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa” y del Articulo 8, apartado c, de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, que exige la “concesión al inculpado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación de su defensa”.

Este grupo de sindicalistas independientes, fueron acusados, entre otros hechos, de haberse integrado, por voluntad propia y libre elección, a distintas organizaciones pacíficas del movimiento independiente de trabajadores cubanos y de haberse afiliado y mantener relaciones con las conocidas organizaciones regionales e internacionales de trabajadores, la Central Latinoamericana de Trabajadores(CLAT) y la Confederación Mundial del Trabajo(CMT)2, acusaciones que son una violación a los derechos fundamentales de los trabajadores aparados por el Artículo 20, apartados 1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de los Artículo 22 y 16 del Pacto y la Convención respectivamente antes mencionados. De igual forma estos derechos universales son también reconocidos por el Convenio 87 de la OIT, en sus Artículos 2 y 3 y también el Artículo 5 que reconoce, que “toda organización federación o confederación tiene el derecho de afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores y de empleadores”.

Otro argumento de los jueces, al fundamentar su sentencia, afirmaba en que de acuerdo con una testigo del Departamento de Asociaciones del Ministerio de Justicia, “el Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos no aparecía inscripta en el Ministerio” como una asociación legal reconocida por las autoridades, sin que el testigo señalara el hecho de las múltiples veces que el CUTC había solicitado oficialmente su reconocimiento sin que se le diera respuesta a su solicitud. La negativa o falta de respuesta del Departamento de Asociaciones a las gestiones del CUTC por lograr su legalización, constituyen también una violación al mismo articulado que mencionáramos en el párrafo anterior.

En su declaración ante el tribunal Pedro Pablo Álvarez Ramos, Secretario General del CUTC, manifestó según constan en el acta de la sentencia, “que los objetivos que perseguían como miembros de las mentadas organizaciones eran que se reconocieran los verdaderos derechos de los trabajadores cubanos y que nunca realizaron actos en contra del proceso revolucionario, ni contra el régimen político imperante”. Estas declaración, así como otras parecidas de los otros sindicalistas encausados, fueron ignoradas por los jueces, pese a que en todas las acusaciones que hemos mencionado no hay pruebas de reales de que este grupo de sindicalistas pretendió el detrimento de la independencia del Estado cubano o la integridad de su territorio, como estipula el Artículo 91 del Código Penal cubano, que le sirvió de base a los jueces para sus injustas e inhumanas condenas de privación de libertad:

Pedro Pablo Álvarez Ramos, 25 años; Horacio Julio Piña Borrego, 20 años: Carmelo Díaz Fernández, 16 años; Oscar Espinosa Chepe, 20 años; Víctor Rolando Arroyo Carmona, 26 años; Adolfo Fernández Sainz, 15 años; Alfredo Felipe Fuentes, 26 años; Luís Milán Fernández, 13 años; y Blas Giraldo Reyes Rodríguez, 25 años.

SITUACION ACTUAL

En junio y noviembre del 2004 dos de los sindicalistas independientes, Carmelo Díaz Fernández y Oscar Espinosa Chepe fueron puestos en “licencia extrapenal”, por problemas de salud y en febrero de este año fue puesto en libertad, por gestiones del Gobierno Español, Pedro Pablo Álvarez Ramos, junto con otros tres de los presos políticos, pero con la condición de tener que abandonar el país, siendo de hecho expatriados en contra de su voluntad. Los otros seis sindicalistas cubanos llevan más de 5 años y 7 meses encarcelados, en condiciones a veces que atentan contra la integridad de sus personas.

Si bien es verdad que la CLADEHLT vio en su momento con satisfacción y como un gesto positivo, la puesta en libertad con “licencia extrapenal” de Díaz Fernández y Espinosa Chepe, y la posterior liberación de Pedro Pablo Álvarez Ramos por parte de las autoridades cubanas, así como de otros prisioneros de conciencia cubanos por razones humanitarias. Es verdad también, que existen otros muchos casos entre los sindicalistas independientes detenidos y otros detenidos, que por las precarias situaciones de su salud merecerían el mismo trato y oportunidad que le han ofrecido a los anteriormente mencionados:

Horacio Julio Piña Borrego: Se encuentra en la Prisión Provincial de Pinar del Río. Carretera Luís Lazo, Km. 5 ½, Pinar del Río, Área 1, Destacamento 1, C.P. 20300. Área 1, destacamento 1, Pinar del Río. Presenta los siguientes problemas de salud: Hipertensión arterial, Gastritis crónica, Hernia hiatal, Trastornos a nivel de columna/cervical y disfagia (molestias al tragar). A pesar de los trastornos presentados no lo ha visto el otorrino. No está hospitalizado.


Víctor Rolando Arroyo Carmona: De la prisión Yayal, provincia de Holguín, el 21 de agosto del presente año fue trasladado a la prisión Kilo y ½, Pinar del Río. En estos momentos presenta los siguientes problemas de salud: Hipertensión arterial, Procesos alérgicos, Enfisema pulmonar, Problemas auditivos, acrecentado por desviación del tabique. Nodos verrugosos en la cabeza, cara, etc., que le salen por stress. Problemas circulatorios en las piernas. Úlcera gástrica. Está casi ciego por la miopía. Aún o le han hecho el chequeo médico prometido.

Adolfo Fernández Sainz: Presenta las siguientes enfermedades: Osteoporosis; Hipertensión arterial; Un quiste en un riñón; Blefaritis en ambos ojos; Enfisema pulmonar; Hipertrofia prostática de primer grado. La atención médica es deficiente en la prisión donde se encuentra, Prisión Provincial de Canaleta en la provincia de Ciego de Ávila, hacia el oeste del país, su familia vive en la Habana, lo cual dificulta sus visitas.

Alfredo Felipe Fuentes: Se encuentra en la Prisión Provincial de Canaleta, provincia Ciego de Ávila. Cubículo 26, destacamento 2. Presenta las siguientes enfermedades: Enfisema pulmonar, a pesar de que no fuma, Hernia hiatal, Hipertensión arterial, Hipertrofia prostática grado uno, Artrosis generalizada., Blefaritis (caspas en los párpados superiores de cada ojo, debe lavarse con agua hervida, que no hay). No está hospitalizado.


Luís Milán Fernández: De la prisión de Boniato fue trasladado a la prisión Confianza, Carretera de Mar Verde, Santiago de Cuba. Presenta los siguientes problemas de salud: Hipertensión arterial, Tumor inter óseo en el brazo, cerca del hombro, Hepatomegalia (crecimiento del hígado). No está hospitalizado.


Blas Giraldo Reyes Rodríguez: Se encuentra en la Prisión Provincial Nieves Morejón, Sancti Spíritus, Destacamento 12, de esta provincia. Presenta los siguientes problemas de salud: Hipertensión arterial. Hemorroides. Diabetes. Artrosis degenerativa con endurecimiento de los cartílagos. Gastritis crónica. Problemas renales y hepáticos. Edemas en las piernas. Trastornos en la audición. Calcificación en la próstata. Sinovitis. Estuvo ingresado en el hospital provincial Camilo Cienfuegos, de Sancti Spíritus, por la diabetes, después en la enfermería de la prisión; ahora está en el destacamento. Se le permite a la esposa llevarle sus alimentos los jueves.

Este es el triste cuadro del estado de salud de los seis restantes sindicalistas miembros del CUTC, que permanecen detenidos desde la primavera del 2003, por eso la CLADEHLT vería como una paso positivo de las autoridades cubanas la excarcelación de los mismos, otorgándoles la libertad inmediata por medio de una “licencia extrapenal” por razones de salud.

De acuerdo con informaciones llegadas a la CLADEHLT desde Cuba, se han podido verificar, que hoy en día, hay un poco más de 200 presos políticos en las cárceles cubanas. Aunque se sabe que esta cifra es mayor, dado que no existen organizaciones independientes que puedan hacer la verificación necesaria dentro de las prisiones. Sin embargo, pese a que la cifra en apariencias ha disminuido, se sabe por las comunicaciones con los familiares de los detenidos y presos que han sido encarcelados principalmente, que la situación en que se encuentran encarcelados los presos políticos cubanos no han variado, como se podrá apreciar por el testimonio que el expreso político cubano Pedro Pablo Álvarez Ramos aquí presente nos va a exponer.

Sin embargo el Gobierno de Cuba ha dado algunos pasos significativos durante este año, como ha sido la decisión anunciada en febrero de conmutar la pena de muerte por el Consejo de Estado a un grupo de presos que se encontraban condenados a la pena capital. Aunque no hay una suficiente información publica, no se sabe con exactitud si las conmutaciones fueron a condenas de 30 años o cadena perpetua. Fuentes independientes en Cuba, que le dan seguimiento a la situación de los presos cubanos, calculan que las conmutaciones fueron entre 20 y 30, y que solo en tres casos no fueron conmutadas. Sin embargo se conoce que muchos de ellos permanecen internados en condiciones de extrema reclusión en zonas de máximo aislamiento y castigo.

También tenemos que señalar el importante paso que ha dado el gobierno cubano al firmar el 28 de febrero de este año los dos Pactos Internacionales, en materia de derechos civiles y políticos y económicos y sociales, de las Naciones Unidas. Anunciando que ratificaría con algunas reservas los mismos en un corto plazo. La CLADEHLT hace un llamado al Gobierno de Cuba, para que de inmediato la Asamblea Nacional del Poder Popular ratifique los pacos y haga las modificaciones pertinentes a las actuales leyes que rigen en Cuba.

La CLADEHLT quiere nuevamente compartir, con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en relación con la situación de los presos de conciencia cubanos, nuestra visión relacionada con el acuerdo que existe entre el Reino de España y el gobierno de la República de Cuba, en materia de derechos humanos, que en su momento vimos como una posibilidad que podría ayudar a mejorarla situación en particular de los detenidos y la puesta en libertad de muchos de ellos. Un resultado concreto de este proceso entre España y Cuba fue la liberación/expatriación en febrero pasado de cuatro de los presos políticos cubanos. Sin embargo con posterioridad nada nuevo ha surgido, ni ninguna otra liberación se ha logrado. Seguimos creyendo que el establecimiento de conversaciones bilaterales entre el gobierno cubano y gobiernos de otros países en materia de derechos humanos es algo positivo. En estos días hemos visto que el gobierno cubano, en sus declaraciones públicas, sobre el reciente encuentro con los máximos representante de la Comunidad Europea, no ha manifestado oposición a discutir el tema de derechos humanos en sus conversaciones. Siempre y cuando estas sean con respeto y de igual a igual. Quisiéramos que también los países de nuestra región asumieran este tipo de relaciones y conversaciones con Cuba en materia de derechos humanos.

Sin embargo nos llama la atención, que en los mismos momentos que se esta celebrando esta audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre la “Situación de los Sindicalistas Privados de Libertad en Cuba”, los cuales se encuentran detenidos por defender y luchar por los derechos laborales y sociales de los trabajadores cubanos, se este celebrando en la Habana, del 27 al 30 de octubre, el “VI Encuentro Iberoamericano de Derecho Laboral y Seguridad Social”, organizado por la Sociedad Cubana de Derecho Laboral y Seguridad Social” y auspiciado por la “Asociación Americana de Juristas”, la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas”, la Asociación Iberoamericana de Trabajo y Seguridad Social” y la “Asociación Internacional de Juristas Demócratas”.

La CLADEHLT aprovecha esta oportunidad para hacerles un llamado a los representantes de las organizaciones que auspician este evento, para que soliciten del Gobierno de Cuba, el pleno cumplimiento de los Convenios de la OIT en particular del Convenio 87 y gestionen y soliciten la puesta en libertad de todos los sindicalistas independientes que se encuentran en prisión.

La CLADEHLT aprovecha también esta oportunidad para denunciar las injustas medidas unilaterales de sanciones políticas, económicas y diplomáticas implementadas con políticas de confrontación y aislamiento, en particular las actuales políticas del gobierno de los EE.UU. que no ayudan sino que perjudican todo proceso de cambio y de transformaciones en Cuba y en particular de la situación de los derechos humanos.

En esta oportunidad nuestra presentación oral que estará cargo del sindicalista independiente Pedro Pablo Álvarez Ramos, quien fuera liberado en febrero de este año y que podrá presentarle a la Comisión su testimonio personal, de la situación que vivió en las cárceles cubanas y que son las mismas en la que continúan viviendo los presos políticos cubanos. También entregaremos a la CIDH todos los documentos e informaciones que tenemos en relación con los sindicalistas que se encuentran detenidos en Cuba.

Finalmente, la CLADEHLT, quiere aprovechar esta oportunidad para nuevamente expresar públicamente nuestro respeto hacia el extraordinario trabajo que en materia de Derechos Humanos la CIDH ha realizado a lo largo de tantos años, y ofrecer algunas modestas sugerencias en lo relacionado con el trabajo hacia Cuba, para su consideración.

Por la CLADEHLT,

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Siro del Castillo

Comisionado para el Caribe.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

133º periodo de Audiencias.

28 de octubre del 2008

Washington, DC



Tiene como fuente el informe del CUTC de 8 de octubre de 2008.











ANEXO 3

INFORME CLADEHL

AÑO 2009





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INFORME SOBRE LAS DETENCIONES ARBITRARIAS, LOS JUICIOS SUMARISIMOS Y LA SITUACION ACTUAL DE LOS SINDICALISTAS INDEPENDIENTES QUE SE ENCUENTRAN EN PRISIONES EN CUBA.


2003-2009




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UNITARY COUNCIL SOLIDARITY

OF CUBAN WORKERS OF CUBAN WORKERS

__________________________________________________________________________________________________________

SPAIN Office: Calle Maresme 124, Departamento 7, Puerta Segunda, Barcelona, España. CP-08019

U.S.A. Office: 2450 S.W. 27th Lane, Coconut Grove, FL 33133 U.S.A.

Teléfono: (305)666-2143 Fax: (305)666-0131 E-mail: sirodel@gmail.com & pedropabloalvarezramos@yahoo.es



INDICE:


  1. Informe sobre la situación actual de los sindicalistas que se encuentran en prisión en Cuba.
  2. Pedro Pablo Álvarez Ramos
  3. Alfredo Felipe Fuentes
  4. Blas Giraldo Reyes Rodríguez
  5. Horacio Julio Piña Borrego
  6. Juan Adolfo Fernández Sainz
  7. Luís Milián Fernández
  8. Víctor Rolando Arroyo Carmona
  9. Héctor Raúl Valle Hernández
  10. Iván Hernández Carrillo
  11. Nelson Molinet Espino
  12. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.




CONSEJO UNTARIO DE TRABAJADORES CUBANOS

(CUTC)


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INFORME SOBRE LA SITUACION ACTUAL DE LOS SINDICALISTAS INDEPENDIENTES QUE SE ENCUENTRA PRESOS EN CUBA. Mayo 2009.


PRESOS MIEMBROS DEL CONSEJO UNITARIO DE TRABAJADORES CUBANOS (CUTC). 18 y 19 de marzo de 2003


Horacio Julio Piña Borrego


Delegado provincial del CUTC en el municipio Sandino y miembro del Secretariado Provincial de Pinar del Río. Nació el 19 de noviembre del año 1966, 42 años de edad, en Las Martinas, municipio Sandino. Lo atiende su esposa: Suyoanie Tapia Mayola, vecina de Maceo no. 101 B Altos, entre Máximo Gómez y Serafín Sánchez, Ciego de Ávila. En Pinar del Río puede ser localizada en Adela Azcuy no. 10, entre Medina y Primero de Mayo. Teléfono 5 245 19 84 (móvil).

Se encuentra en la prisión provincial La Preventiva, Kilo. 5 ½, carretera Luís Lazo, Área No. 2, Cubículo 3, Pinar del Río, CP. 20300. Sancionado a 20 años de privación de libertad.


  • Visita familiar: cada 45 días.
  • Visita conyugal: cada dos meses.
  • Llama por teléfono: una vez a la semana.

Presenta los siguientes problemas de salud: Problemas gástricos, Acidez, Artrosis Nódulos, Calambres en las manos, Piodernitis (enfermedad infecciosa de la piel), Hidradenitis (golondrinos).


La esposa se queja del tiempo que la hacen esperar para verlo en la visita.


Informa: esposa Suyoanie Tapia Mayola, 19 mayo 009. Ciego de Ávila.


Víctor Rolando Arroyo Carmona


Mimbro del Secretariado Ejecutivo de la delegación provincial de Pinar del Río. Nació el 23 diciembre de 1951, 57 años de edad. Lo atiende su esposa, Elsa González Padrón, vecina de Calle C número 14 altos, entre Antonio Tarafa y Primera, Reparto Jacinto, Pinar del Río, CP. 20100. Teléfono 0-82-75-42-41. Se encuentra en la prisión Kilo y ½, Pinar del Río, Destacamento 9, Área 2. Sancionado a 26 años de privación de libertad.


  • Visita familiar: cada 45 días
  • Visita conyugal: cada dos meses.
  • Llama semanalmente, los martes, 25 minutos.

En estos momentos presenta los siguientes problemas de salud: Presión arterial alta, controlada por los medicamentos que le lleva la esposa, Diarreas frecuentes, por el agua no potable, Acidez, con crisis frecuentes, Las comidas les caen mal, novos verrugosos en la cabeza y en la nariz, son de operación, provocados por el stress, Casi no lo sacan al sol, a pesar de que la celda hay humedad y presenta falta de higiene, Apenas come, por estar mal elaborados los alimentos, Problemas circulatorios, por la falta de ejercicios, Enfisema pulmonar, aunque no fuma, Crecimiento del lado izquierdo del corazón, pero no le han hecho más pruebas, Problemas con la vista, casi no ve. En seis años se le han cambiado 8 veces los espejuelos, Otitis crónica. Para escuchar debe ponerse la mano detrás de la oreja e inclinarse hacia delante, Recientemente se le hizo un chequeo médico cuyos datos son contradictorios. En este se aprecia crecimiento del hígado. Falta de movimiento en el brazo derecho. Necesita fisioterapia, pero no se la dan.


Informa: Elsa González Padrón, esposa, 19 de mayo 009, Pinar del Río.


Adolfo Fernández Sainz


Miembro del Secretariado Provincial de provincia Ciudad de la Habana. Nació el 30 noviembre de 1948, 60 años de edad. Esposa Julia Núñez Pacheco, vecina de Calle Belascoaín no. 465, Apartamento 19, 6to. Piso, entre Zanja y Salud, Centro Habana, Provincia Ciudad de La Habana. Teléfono 8 6110900. Se encuentra en la Prisión Provincial de Canaleta, provincia Ciego de Ávila. Cubículo 26, destacamento 2., donde cumple 15 años de privación de libertad. Su entiende que deben acercarlo a la provincia Ciudad de La Habana. Sancionado a l5 años de privación de libertad.


  • Teléfono: diariamente.
  • Visita familiar: cada 45 días.
  • Visita conyugal: cada dos meses.

Presenta las siguientes enfermedades: Osteosperosis, Hipertensión arterial, Quiste en el riñón, Blesfaritis en ambos ojos (consiste en una caspa en las pestañas en ambos ojos), Enfisema pulmonar, Hipertrofia prostática de primer grado.


Las visita familiar planificadas son cada 45 días, pero la lejanía de la prisión donde se encuentra hace imposible preparar la misma en tan corto período de tiempo, por lo que la esposa ha tenido que acogerse a las visitas conyugales solamente. Solicita lo trasladen para una prisión de la Habana, su provincia de residencia. Su esposa se encuentra sola en Cuba, no tiene familiar cercano que la ayude en tales menesteres. Considera que de trasladarlo a una prisión más cercana posibilitaría verlo cada 45 días, más la visita conyugal.


Informa: Julia Núñez Pacheco, 15 de mayo 009, Ciudad de la Habana.

Alfredo Felipe Fuentes

Secretario General del CUTC en el Municipio Artemisa. Nació el 26 de mayo del año 1949, 60 años de edad. Esposa Loyda Valdés González. Calle 35 no. 4007 entre 40 y 42, Código Postal 33800. Artemisa, Provincia Habana, teléfono: 0-47-36-3622. Se encuentra en la Prisión de Guanajay. Sancionado a 26 años de privación de libertad.


  • Llama por teléfono: diariamente.
  • Visita familiar: cada 45 días.
  • Visita conyugal: dos meses.

Presenta los siguientes problemas de salud: Padece de crisis de columna, agudizadas las mismas por las condiciones en que se encuentra, Intolerancia a los alimentos, Ha perdido mucho peso, Requiere una investigación médica, para conocer su intolerancia alimenticia, Desde el mes de diciembre de 2007 solicitó revisión de causa y a pesar de que la ley establece el término de 90 días para dar respuesta, aún espera por la misma.


Informa: Loyda Valdés González, esposa, 16 de mayo 009. Artemisa, Habana Campo.


Luís Milán Fernández


Delegado del CUTC en la provincia Santiago de Cuba. Nació el 22 de febrero de 1970, 39 años. Esposa Lisandra Laffita Hernández. Dirección. Edificio B-27 apartamento 10, Centro Urbano Antonio Maceo, Santiago de Cuba, CP. 90200. Se encuentra en el Centro de Estudio y Trabajo, Tarea Confianza, Municipio Santiago, Carretera de Mar Verde, Santiago de Cuba, Provincia Santiago de Cuba, CP 90 500. Sancionado a 13 años de privación de libertad. Teléfono vecina: 022 692252 (Virginia).Llama por teléfono cada dos días, o diario, con frecuencia.


  • Visita familiar: una vez al mes.
  • Visita conyugal: mensual.
  • La esposa no asiste a la visita familiar ni al pabellón, porque al esposo le dan pase cada dos meses, generalmente. Cuando está necesitado algún alimento el padre se lo lleva a la prisión.
  • Viene a la casa de pase, aproximadamente cada dos meses o dos meses y medios, depende de las circunstancias.

Ha tenido derecho a todos sus beneficios y su condicional hace seis meses debían dársela. Le dieron que con ellos iban a seguir el proceso al igual que el resto de los presos. Sus papeles se procesaron en Santiago, legalmente, pero no se le ha dado respuesta.


Para curarse del hígado debe tener reposo, dieta sana y estar libre de stress, lo cual no es posible en la prisión. Presenta los siguientes problemas de salud: Tumoración de la tercera parte superior del hueso humeral, Hepatomegalia (crecimiento del hígado), (Esteatohepatitis), Triglicerios altos. Hace tiempo no se hace prueba, por falta de reactivos, El turno del ultrasonido hepático lo perdió (no lo llevaron) y no lo han llevado más, no le han sacado más turno, Acúferos en el oído (ruido permanente), lo cual no se ha tratado como es debido.


Informa: Lisandra Laffita Hernández, esposa. Santiago de Cuba, 19 mayo 09.


Blas Girardo Reyes Rodríguez


Delegado provincial del CUTC en la provincia Sancti Spíritus. Nació el 7 de agosto de 1955, tiene 53 años de edad. Lo atiende su esposa: Isel de las Mercedes Acosta Obregón, vecina de Avenida 26 de Julio no. 30 entre 3era. Del Este y Ferrocarril, Reparto Colón, Sancti Spíritus. Teléfono 0-41-24-173 (vecina Ibón). Cumple prisión provincial Nieves Morejón de Sancti Spíritus, Destacamento 12, Provincia Sancti Spíritus. Cumpliendo 25 años de privación de libertad. Sancionado a 25 años de privación de libertad.


  • Visita familiar: cada 45 días
  • Visita conyugal: cada dos meses.
  • Llama por teléfono semanalmente, 25 minutos.

Presenta los siguientes problemas de salud: Hernia en la columna vertebral, que le ha provocada una pérdida paulatina de los reflejos y el neurocirujano que lo atiende lo va a llevar a Cienfuegos para hacerle otra prueba. Diabetes, Hemorroides, Hipertensión arterial, Gastritis crónica, Pérdida de la audición. Debido a la diabetes está autorizada a llevarle alimentos semanalmente.


Informa: Isel de las Mercedes Acosta Obregón, esposa, 16 mayo 009. Sancti Spíritus.

LICENCIA EXTRAPENAL, POR PROBLEMAS DE SALUD

Con licencia extrapenal, por problemas de salud, desde el 18 de junio de 2004.

Oscar Espinosa Chepe

Especialista en Economía del Instituto Cubano de Estudios Sindicales Independiente (ISECI). Nació el 29 noviembre 1940, 68 años de edad. Economista, Diplomático. Vecino de Calle 39 A, no. 4212, apto. 3, entre 42 y 44 playa, CP. 11 300, Teléfono 2094645. Con licencia extrapenal desde el mes de noviembre del año 2004, por problemas de salud Sancionado a 20 años de privación de libertad.

El Tribunal del Municipio Playa lo citó para reiterarle que podía ser regresado a la prisión, en cualquier momento. Le dieron un documento donde le ponen limitaciones, tales como: no salir de la Habana sin permiso y no cambiar de residencia. Se le advirtió que en su barrio hay una comisión encargada de vigilarlo e informar sobre su comportamiento (además de la Seguridad del Estado y los informantes).

Continúa los problemas que le ocasionaron la extrapenal, entre ellos: Cirrosis hepática, Serios problemas gástricos, Problemas de próstata, Hipertensión arterial, controlada pero hay serias dificultades para acceder a los especialistas, por confiabilidad y estar muchos en el exterior.

Ha solicitado permiso para viajar al exterior, pero no se lo conceden.

Informa Miriam Leiva Viamonte, esposa, 18 de mayo 009. Ciudad de la Habana.


Carmelo Díaz Fernández


Director de la Agencia de Prensa Independiente de Cuba, del CUTC. Vecino de Neptuno no.307, tercer piso, apto. 17, entre Galiano y Águila. Ciudad de La Habana. 70 años de edad. Sancionado a 16 años de privación de libertad.

Presenta los siguientes problemas de salud: Su corazón crece en desproporción a la caja toráxico, lo cual -en cualquier momento- puede provocarle la muerte, Serios problemas circulatorios.


Ha solicitado permiso para viajar al exterior, pero no se lo conceden.


EXPORTADO A ESPAÑA

Pedro Pablo Álvarez Ramos


Secretario General del CUTC. Nació el 5 de enero de 1948 en la Ciudad de La Habana., 61 años de edad. Secretario General Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos, CUTC, el cual pertenece como miembro asociado a la Confederación Sindical Internacional (CSI), cuenta con el reconocimiento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); mantiene estrechas relaciones de trabajo y colaboración con el Sindicato Cristiano de los Países Bajos (Holanda- CNV), y el Sindicato de Trabajadores Cubanos, STC.


DE OTROS SINDICATOS INDEPENDIENTES


Nelson Molinet Espino


Secretario General de la Central de Trabajadores Democráticos de Cuba (CTDC). Nació el 27 de septiembre de 1964, tiene 44 años de edad. Lo atiende su madre: Caridad Espino Gallego, de 68 años de edad; su padre, de 69 años de edad es enfermo incapacitado. También su madre se encuentra a cargo de la hija de Nelson, por encontrarse su esposa enferma de los nervios y necesitar cuidados. Su madre es vecina de la calle Gloria No. 212 entre Aponte y Cienfuegos, municipio Habana Vieja, provincia Ciudad de la Habana, teléfono particular: 8675309. Sancionado a 20 años de privación de libertad. Se encuentra en la prisión Kilo 5 ½, Pinar del Río, solo en una celda.


  • Tiene visita familiar: cada 45 días.
  • Visita conyugal: cada dos meses.
  • Llama por teléfono: diariamente.

Presenta las siguientes enfermedades: Amigdalitis aguda crónica, Enfermedad de los nervios, Dolores permanentes en la pierna derecha, debido a la enfermedad de meningitis que padeció a los seis años de edad, Acidez estomacal, Hipertensión arterial severa, desde joven, Colesterol alto.


Se niega a tener asistencia médica. Consume los medicamentos que la madre le suministra, previa aprobación por los médicos de la prisión. Pasa trabajo para conseguir los medicamentos que debe tener para las enfermedades que padece.


Informa: Caridad Espino Gallego, madre. 18 de mayo 2009. Ciudad de la Habana.


Miguel Galván Gutiérrez


Miembro del Centro Nacional de Capacitación Sindical y Laboral (CNCSL). Nació el 12 de enero de 1965, tiene 44 años. Lo atiende su hermana: Teresa Galbán Gutiérrez, vecina de calle 52 No. 9914 entre 99 y 103, Güines, provincia Habana Campo. Teléfono de la tía: 047 523192. Se encuentra en la prisión de Guanajay, provincia Habana Campo. Sancionado a 26 años de privación de libertad.


  • Llama por teléfono los martes, durante 25 minutos.
  • Visita familiar cada dos meses.
  • Visita conyugal: cada tres meses. No lo usa por no estar casado.

Presenta las siguientes enfermedades: Osteoporosis; Graves problemas estomacales, manifestado en diarreas diarias, las cuales puede mejorar a base de medicamentos, Problemas bucales, Dolores estomacales, Sacrolumbagia. Los problemas estomacales se le agudizan debido a que el agua no es hervida y a la mala calidad de los alimentos consumidos.


Aunque la asistencia médica es mejor que en la cárcel donde se encontraba antiguamente (Agüica) se pasa trabajo para que lo asista el médico.


Informa: Teresa Galbán Gutiérrez, hermana. 18 de mayo 2009. Güines, provincia Habana Campo


Héctor Raúl Valle Hernández


Vicepresidente de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba (CTDC). Nació en el año 1967, tiene 41 años de edad. Lo atiende su esposa, Darelys Velázquez Falcón, vecina de Calle 40 no. 6123, entre 61 y 65, San José de las Lajas, provincia Habana Campo. Teléfono familia 047 86 4116 y 047 86 3787. Sancionado a 12 años de privación de libertad.


  • Llama por teléfono diariamente.
  • Visita familiar: cada un mes y 45 días.
  • Visita conyugal: cada dos meses.

Presenta las siguientes enfermedades: Gastritis erosiva, Hipertensión arterial, Úlcera duodenal, Estrechamiento en los espacios de la columna vertebral, Estrechamiento en los espacios de la rodilla izquierda, Meloma alquímica de la piel le salen manchas carmelita). No puede coger sol, debe permanecer con camisa de mangas largas y gorra. El espacio de la piel que le queda expuesto debe ser untado con crema protectora solar, debe usar, permanentemente, espejuelos oscuros. De por vida no puede coger sol.


Tiene un hijo de 8 años y pasa trabajo para ir a la visita y llevarle los alimentos y medicinas necesarios.


Informa: Darelys Velázquez Falcón, esposa. 18 de mayo 009. San José de las Lajas, provincia Habana Campo.


Iván Hernández Carrillo


Miembro del ejecutivo de la Confederación Obrera Nacional Independiente de Cuba (CONIC). Nació el 24 de mayo de 1971, tiene 38 años de edad. Lo atiende su madre: Asunción Carrillo Hernández, vecina de Calle Mesa no. 32 entre San José y Concha, municipio Colón, provincia de Matanzas. Teléfono: 5 2481674 (móvil). Se encuentra en la prisión Guamajal, provincia de Santa Clara. Sancionado a 25 años de privación de libertad.


  • Llama por teléfono semanalmente, los martes, durante 25 minutos.
  • Visita familiar: cada dos meses.
  • Visita conyugal: cada dos meses. No lo usa por no estar casado.

Enfermedades: Hipertensión arterial, Gastritis, Alergia alimentaria.


Informa: Asunción Carrillo Hernández, madre. 18 de mayo 009. Municipio Colón, provincia de Matanzas.


Atentamente,



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Dra. Maybell Padilla

Secretaria General Adjunta

CUTC

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